El presente documento que presentamos, fechado el 6 de noviembre de 1818, es la escritura de compromiso entre las partes (Ayuntamiento y doctor) para la contratación del médico titular del pueblo.

Reunidos de una parte, Roque Jiménez Pérez de Vargas  Alcalde en el estado distinguido, Manuel García Ortega alcalde en el estado de hombres buenos, Pedro Bernardo Jiménez y Antonio Gómez  Regidores perpetuos del Ayuntamiento de Arjonilla y por otra D. Agustín Sargues (médico), estando vacante la plaza de médico titular, a la vista de las solicitudes presentadas y una vez debidamente examinadas, se acordó nombrar a D. Agustín Sargues, médico titular de Arjonilla, recibiendo por ello el salario consignado por reglamento de los caudales de propios, 250 ducados, bajo las siguientes condiciones:

     – El nombramiento tendrá una duración de 2 años, prorrogable, mientras ninguna de las dos partes solicite la rescisión del mimo.

         –  El salario de propios se ha de dar un mes anticipado.

         –  Los Señores Alcaldes quedan obligados a cobrar al facultativo sus honorarios a los vecinos morosos  sin más requisitos que entregarles  relación jurada de los débitos en ocasión oportuna de cobranza como lo es en la recolección de aceituna y saca de granos.

         – A los peoneros o jornaleros solo se les cobrará  un real por visita  y a los demás vecinos según sean sus facultades, a discreción del médico que deberá tener en consideración no disgustarlos para que de este modo haya por parte de ellos buena correspondencia, siendo de gracia y por razón de oficio no interesar cosa alguna  a los pobres de solemnidad que se entienden viudedad, viejos o impedidos en razón de accidentes que no posean bienes algunos.

Actuaron como testigos, Antonio Mercado Tapia, Manuel Gómez y Manuel de Úbeda, vecinos de esta villa,  ante el escribano Rafael de Osorio y Portillo.

Nota: Archivo Histórico Provincial. Protocolos notariales. Facilitado por Enrique Cuesta.